A- de 2018
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Beatriz Arce Hernandez·Demandado Coomeva E.P.S. Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Primero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Buga y el Juzgado Promiscuo Municipal de Guacarí, ambos del departamento del Valle de Cauca.
La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que del factor territorial hicieron las autoridades judiciales involucradas.
Teniendo en cuenta que ambos despachos son competentes para tramitar la acción de tutela, la Corte respeta la elección que hizo el actor y dispone que quien debe tramitar la solicitud de amparo es el Juzgado del municipio de Buga.
Se remite el expediente a dicha Despacho para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 31 de julio de 2018, proferido por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Buga (Valle del Cauca), dentro del proceso de tutela promovido por Beatriz Arce Hernandez, en calidad de agente oficiosa del senor Gustavo Alexis Cobo, contra COOMEVA EPS, ARL COLPATRIA y ASIGEM S.A.S.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3467 al Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Buga (Valle del Cauca) para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR a la accionante y al Juzgado Promiscuo Municipal de Guacari (Valle del Cauca), la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.